Pregunta Frecuentes

preguntas frecuentes factura segura

¿Qué modalidades de facturación existen en 2014?

Los comprobantes que pueden emitirse en 2014 conforme las disposiciones fiscales son:
• Factura Electrónica a través de Internet (CFDI)

I. Factura Electrónica a través de un Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI.
II. Factura Electrónica a través de adquirentes de bienes de los sectores primario o minero, o de los servicios de arrendamiento de espacios para la colocación de publicidad o antenas de telefonía.
III. Factura Electrónica expedida por organizaciones y asociaciones que reúnan a productores y comercializadores agrícolas del Sistema Producto.

• Factura Electrónica (CFD)
I. Factura Electrónica (para personas físicas que en el último ejercicio declarado tuvieron ingresos iguales o menores a 500 mil pesos y emitieron CFD, podrán seguir facturando bajo este esquema hasta el 31 de marzo de 2014, siempre y cuando a partir del 1 de abril migren al esquema de facturación electrónica CFDI),

• Y sus representaciones impresas correspondientes, cuando el receptor así lo solicite.

II. Facturación en papel.
III. Factura impresa con Código de Barras Bidimensional (para personas físicas que en el último ejercicio declarado tuvieron ingresos iguales o menores a 500 mil pesos y emitieron CBB, podrán seguir facturando bajo este esquema hasta el 31 de marzo de 2014, siempre y cuando a partir del 1 de abril migren al esquema de facturación electrónica).

Fundamento Legal: Arts. 29, 29-A del CFF y las reglas I.2.7.3.1 y I.2.7.4.1 de la RMF para 2014.

 
¿Qué es un CFDI?
Es un Comprobante Fiscal Digital por Internet, abreviado CFDI, se refiere a cualquier tipo de comprobante fiscal digital, como por ejemplo la Factura, nota de crédito, recibo de honorarios, carta porte, entre otros, el cual debe de cumplir con los requisitos que indica el SAT en el Anexo 20.

 

¿Quiénes están obligados a la Factura Electrónica?
Conforme al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, todos los contribuyentes están obligados a emitir Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (Factura Electrónica).
No obstante, se han otorgado una serie de facilidades de tal forma que:

1. Las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado tuvieron ingresos iguales o menores a $500,000.00 y emitieron comprobantes fiscales impresos o CFD, podrán seguir facturando bajo estos esquemas hasta el 31 de marzo de 2014, siempre y cuando a partir del 1 de abril migren al esquema de facturación electrónica CFDI, conforme a lo establecido en el artículo cuadragésimo cuarto transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2014 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013.

¿Qué es la Firma Electrónica?
Es un conjunto de archivos que le proporcionan al contribuyente en las oficinas del SAT, estos archivos son principalmente uno con extensión .key, extensión .cer y debe de tener una contraseña alfanumérica.
¿Qué es el Certificado de Sello Digital?
Es un conjunto de archivos generados dentro de las páginas del SAT, los cuales se usan específicamente para la generación de Comprobantes Fiscales Digitales. Con la ayuda de estos archivos y la contratación de un PAC como FacturadorElectronico.com podrá generar sus comprobantes de forma correcta.

 

¿Qué diferencia hay entre los archivos de la Firma Electrónica y los archivos de Certificado de Sello?
La Firma Electrónica le sirve al contribuyente para validarse dentro de las páginas del SAT y realizar movimiento como declaraciones mensuales, cambios de domicilio, entre otros, en cambio el Certificado de Sello Digital es exclusivamente para sellar sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, y se tiene que configurar dentro del sistema FacturadorElectronico.com para poder emitir sus comprobantes.

 

¿Tengo que avisarle al SAT que ya estoy facturando electrónicamente?
Una vez que el contribuyente haya realizado el trámite de Certificado de Sello dentro de las páginas del SAT, el SAT da por entendido que el contribuyente empezará a emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.

¿Qué es un PAC?
Es aquella persona moral que cuenta con autorización del Servicio de Administración Tributaria para validar los CFDI generados por los contribuyentes, asignarles el folio e incorporarles el sello digital del Servicio de Administración Tributaria. Asimismo, tienen como obligación, enviar al SAT copia de los CFDI que validen de sus clientes. Facturador Electrónico cuenta con dicha certificación.

 

¿Qué es el archivo XML?
Es su Comprobante fiscal Digital como tal, el formato en un estándar que pide el SAT para que pueda validar sus comprobantes con la ayuda de las páginas del SAT.

 

¿Es obligatorio que el emisor de facturas electrónicas ponga a disposición de sus clientes el archivo XML o es suficiente con entregar únicamente la representación impresa?
Los emisores de facturas electrónicas están obligados a poner a disposición de sus clientes receptores el archivo XML. Sólo si el receptor lo solicita, deberán entregar la representación impresa adicionalmente.

 

¿Cómo se almacenan las facturas electrónicas?
Las personas que entreguen, envíen o reciban una factura electrónica en su formato electrónico (XML), deberán almacenar los mismos, en medios magnéticos, ópticos o cualquier otro medio de almacenamiento informático (CD, DVD, DAT, Disco Duro, etc.), siempre que la tecnología del medio de almacenamiento esté actualizada, durante 5 años.

 

¿Estoy obligado a guardar en una base de datos especial la facturación electrónica que emita y la que reciba?De conformidad con la regla I.2.7.1.1 de la RMF 2014, se establece que los contribuyentes que emitan y reciban facturas electrónicas (CFDI), deberán almacenarlos en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, en su formato electrónico XML.

 

 

¿Qué es una addenda?
Es información fiscalmente no requerida, la cual se incluye dentro del archivo XML, son datos que son útiles tanto para el emisor como para el receptor, esta información puede variar dependiendo de los requerimientos del receptor de los comprobantes, algunos de los campos que pudiera incluir serian Numero de Proveedor, código de los productos, numero de orden, fecha de orden, etc.

Somos una empresa que realiza ventas de mostrador al público en general ¿qué tipo de comprobante debo emitir?
Puede expedir una factura electrónica (CFDI) diaria, semanal o mensual donde consten los importes totales correspondientes a los comprobantes de operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda, utilizando para ello la clave genérica: XAXX010101000.
Fundamento legal.- Regla I.2.7.1.22. de la RMF para 2014.

 

¿Cuál será la sanción si un contribuyente emite o utiliza facturas electrónicas que no reúnan requisitos fiscales?
Se sancionará con las mismas penas aplicables al delito de defraudación fiscal, esto es prisión a quien les de efectos fiscales, dependiendo del monto de lo defraudado.
El delito de defraudación fiscal se sancionará con las penas siguientes:

  • Con prisión de tres meses a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $1,221,950.00.
  • Con prisión de dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de $1,221,950.00 pero no de $1,832,920.00.
  • Con prisión de tres años a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $1,832,920.00.

Cuando no se pueda determinar la cuantía de lo que se defraudó, la pena será de tres meses a seis años de prisión.
Si el monto de lo defraudado es restituido de manera inmediata en una sola exhibición, la pena aplicable podrá atenuarse hasta en un cincuenta por ciento. Fundamento Legal: Arts. 10